VIGILANCIA PENITENCIARIA

10 días para ENTRAR en prisión !

Una vez la sentencia es firme, el condenado a pena de prisión recibirá una citación para acudir de nuevo al Juzgado. En esta citación se le informará de que tiene 10 días para entrar en prisión voluntariamente.

Antes de llegar aquí podiamos haberlo retrasado de muchas maneras y recibir esta carta no quiere decir que ya este todo perdido.

La notificación de «10 días para entrar en prisión» asusta, pero suele quedar mucho por hacer. Es por ello que contar con un  abogado experto en penitenciario es tan importante.

¿Cómo podemos ayudarte? 

DETENIDOS, INVESTIGADOS Y CONDENADOS

  • Asistencia en comisaria
  • Declaración de investigados
  • Defensa durante la fase deinstrucción
  • Solicitud de sobreseimiento
  • Recurso de medidas cautelares
  • Escrito de defensa
  • Celebración de juicio penal
  • Recurso de sentencia
  • Solicitud de suspensión de la pena
  • Vigilancia Penitenciaria

VÍCTIMAS Y PERJUDICADOS

  • Interposición de querella
  • Participación activa en el proceso judicial
  • Solicitud de medidas de protección
  • Solicitud de diligencias de investigación
  • Personación como acusación particular
  • Solicitud de pena e indemnización
  • Impedir sentencia de conformidad
  • Recurso de sentencia
  • Oposición a la suspensión de la pena
  • Oposición a beneficios penitenciarios

COMO EVITAR O RETRASAR EL INGRESO

Cuando te dicen que tienes 10 días para entrar en prisión

02.

SOLICITA UNA ACLARACIÓN DE LA SENTENCIA.

03.

RECURRE LA SENTENCIA EN APELACIÓN.

04.

RECURRE AL TRIBUNAL SUPREMO

05.

SOLICITA LA SUSPENSIÓN ORDINARIA DE LA PENA

07.

RECURRE AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SOLICITA LA SUSPENSIÓN.

08.

PRESENTA UN INDULTO Y SOLICITA LA SUSPENSIÓN MIENTRAS SE TRAMITA.

09.

SOLICITA CERTIFICADOS PARA INTENTAR EL INGRESO EN TERCER GRADO.

OPINIONES REALES

Law Penal

G. Rargell

«Te asesoran muy bien, son profesionales Recomendados 100%»

Y. Candest

«Una persona 10 la verdad, de cualquier problema que puedes tener, el te lo puedo solucionar sin haber más complicaciones. Fue un placer poder conocerte gracias saludos…»

S. Padila

«Quedé sorprendida por el trato a sido excepcional y la verdad que me gustó mucho por su profesionalidad dado que el caso es muy difícil y duro así que lo recomiendo al 100%»

A. Calerges Pavón

«Me han ayudado a precisar mis siguientes acciones en lo que contiene mi posición jurídica muy buena atención y muy amables también.»

M. A. Huerta Urbina

Desde el momento en que les contacte se interesaron mucho por mi caso y en ayudarme. Son muy profesionales y serviciales. Los recomiendo encarecidamente.

suspensión de la pena de prisión

En penas inferiores a 2 años, si no hay riesgo de reincidencia, el juez puede suspender el ingreso en prisión.

Saúl Rosell

LAW PENAL

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Penas inferiores a 2 años

Aunque la suma de las penas impuestas en sentencia sea superior.

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Bajo riesgo delictivo

Para ello NO se tendrán en cuenta los antecedentes cancelados o por delitos leves.

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Situación familiar y laboral

La solicitud debera acompañar documentación.

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Plazo de suspensión.

De 2 a 5 años.

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Otras condiciones

Prohibición de aproximación o comunicación, prohibición de residir en determinado lugar, comparecencias periodicas, realización de cursos, pago de la responsabilidad civil.

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Acuerdo de mediacion

Se podrá firmar un acuerdo con la victima el cual puede ser tenido en cuenta por el juez para acordar la suspensión.

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Tipo agravado Art. 150

de 3 a 6 años de prisión

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Revocación de la suspensión

Cuando se cometa un nuevo delito despues de haber sido suspendida la pena, se incumplan las condiciones O EL PENADO NO SEA ENCONTRADO EN SU DOMICILIO.

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TOXICÓMANOS

Podrán suspenderse penas de hasta 5 años de prisión.

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VIOLENCIA GENERO

Siempre con prohibición comunicación, de residir cerca de la víctima o de comunicarse con ella.

CLAVE

 ES HABITUAL 

PELIGROSIDAD CRIMINAL

Es un factor esencial, pero tiene defensa, puesto que en ocasiones se tienen en cuenta antecedentes que debieran estar cancelados o por la comisión de delitos leves.

Los jueces desconocen el comportamiento positivo de la persona después de cometer el delito, AQUÍ HAY DEFENSA.

¿NO QUIERES ENTRAR?

Z

RECURRE HASTA EL SUPREMO.

Mientras tanto estarás en libertad. 

Z

ANTICIPATE

Estudia, trabaja, apuntate a programas para defender que la pena de prisión no es necesaria.

ingreso directo en tercer grado

Para penas inferiores 5 años, ingreso voluntario, compromiso de pago de la RC y baja peligrosidad.

OTRA FORMA DE ENTENDER LA JUSTICIA

Derechos fundamentales

En la defensa de los intereses de los clientes debe exigirse a jueces, fiscales y policía que se respeten los derechos fundamentales.

Un 90% de los juicios se gana porque el abogado supo defender y exigir la presunción de inocencia, la tutela judicial efectiva, el juez predeterminado por la Ley, la inviolabilidad de las comunicaciones, etc.

PAGO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL

Con dinero todo es más fácil.

Pagando la responsabilidad civil antes de la celebración del juicio podemos bajar la pena en grado, esto quiere decir REDUCIR ENORMEMENTE LA PENA, lo que probablemente nos permita  bajarla de 2 años, para poder suspenderla.

lucrativo

Habla directamente con un abogado penalista

 

consultas

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Exponga brevemente su consulta y un abogado especialista en Derecho Penal y Penitenciario le ofrecerá una solución.

Consentimientos

12 + 2 =

SOLUCIÓN

EXPERIENCIA EN SUSPENSIÓN DE LA PENA

Saúl Rosell, socio fundador de LAWPENAL, ha conseguido  suspender ingresos en prisión de reos habituales u otros casos imposibles.

Y si no conceden la suspensión, siempre hay que intentar ingresar en tercer grado.

Soy Saúl Rosell, llevo desde 2008 dedicándome al Derecho Penal y Penitenciario y SI NECESITAS AL MEJOR ABOGADO PENALISTA PUEDO AYUDARTE

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