— Saúl Rosell, Abogado Penalista en LAWPENAL
BLANQUEO DE CAPITALES
Lavado de dinero
El blanqueo de capitales, también conocido como “lavado o reciclaje de dinero” consiste en adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes o cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción a eludir las consecuencias legales de sus actos.
Lo que caracteriza este delito es la incorporación de bienes de origen delictivo al tráfico económico legal, con el fin de ocultar su origen, hacer parecer que han sido adquiridos de forma lícita y poder disfrutar de los mismos como si fuesen legales.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL DELITO DE DESCUBRIMIENTO DE SECRETOS
1. Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes provenientes de una actividad delictiva
02.
2.Saber que los bienes tienen su origen en una actividad delictiva
03.
3.Realizar cualquier otro acto para ocultar o encubrir el origen ilícito de dichos bienes
04.
4. Ayudar a la persona que haya participado en la infracción a eludir las consecuencias legales de sus actos
05.
5. Aunque el origen del bien debe ser delictivo, no se exige que haya condena por el delito previo (STS 884/2012)
06.
6. Según el delito del que provengan los bienes el blanqueo tendrá mayor o menor gravedad
07.
7. Se puede cometer de forma dolosa (intencional) o imprudente
¿Cómo podemos ayudarte?
DETENIDOS, INVESTIGADOS Y CONDENADOS
- Asistencia en comisaria
- Declaración de investigados
- Defensa durante la fase deinstrucción
- Solicitud de sobreseimiento
- Recurso de medidas cautelares
- Escrito de defensa
- Celebración de juicio penal
- Recurso de sentencia
- Solicitud de suspensión de la pena
- Vigilancia Penitenciaria
VÍCTIMAS Y PERJUDICADOS
- Interposición de querella
- Participación activa en el proceso judicial
- Solicitud de medidas de protección
- Solicitud de diligencias de investigación
- Personación como acusación particular
- Solicitud de pena e indemnización
- Impedir sentencia de conformidad
- Recurso de sentencia
- Oposición a la suspensión de la pena
- Oposición a beneficios penitenciarios
OPINIONES REALES
Law Penal
PENAS DEL DELITO DE DESCUBRIMIENTO DE SECRETOS
El autor del delito debe tener conocimiento y voluntad de la realización del delito y ello implica que debe conocer también el delito previo del que provengan los bienes, aunque sea como dolo eventual (STS 4 de enero de 2002)
Si no se puede demostrar que la persona tuviese conocimiento, podríamos estar ante un delito de blanqueo por imprudencia grave, que se castiga con una pena mucho inferior e incluso podría evitarse el ingreso en prisión.
Saúl Rosell
LAW PENAL
Pena básica
Prisión de 6 meses a 6 años, multa del tanto al triplo del valor de los bienes y posible pena de inhabilitación especial y clausura del establecimiento
Tipo agravado (por el origen de los bienes)
Pena en su mitad superior
Tipo agravado (por pertenencia a una org. criminal)
Pena en su mitad superior o pena superior en grado a determinadas personas dentro de la organización
Tipo agravado (por ser sujeto obligado a la normativa de prevención de blanqueo de capitales)
Pena en su mitad superior
Tipo agravado (por condición profesional)
Prisión de 4 a 7 años de prisión.
DELITO IMPRUDENTE
risión de 6 meses a 2 años y multa del tanto al triplo del valor obtenido
dELITO COMETIDO POR PERSONA JURÍDICA
Multa de 2 a 5 años, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años y multa de 6 meses a 2 años, en el resto de los casos.
pENA POR REALIZAR ACTOS PREPARATORIOS
ena inferior en uno o dos grados
AGRAVANTES DEL DELITO DE BLANQUEO DE CAPITALES
Por el origen de los bienes
Tráfico de drogas, contra la ordenación del territorio y el urbanismo, cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios, trata de seres humanos, delitos contra los ciudadanos extranjeros, prostitución, explotación sexual y corrupción de menores, corrupción en los negocios.
Por pertenecer a una organización criminal
No es lo mismo la mera pertenencia a la organización criminal que ser un jefe, administrado o encargado de la organización. Siempre que pueda demostrarse que una persona ocupa uno de esos cargos, se aplicará una pena más grave.
Por condición profesional
Empresario, intermediario en el sector financiero, facultativo (médicos, psicólogos, personas en posesión de títulos sanitarios, veterinarios, farmacéuticos y sus dependientes), funcionario público, trabajador social, docente o educador, en el ejercicio de su cargo, profesión u oficio-
¿NO QUIERES ENTRAR?
impugna los documentos aportados.
Tendrán que probar con un informe que son válidos y no han sido alterados.
SOLICITA MÁS PRUEBAS
TENDRÁN QUE APORTAR LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN Y A LO MEJOR NO LES INTERESA.
Llega a un acuerdo extrajudicial.
Pero no esperes a que la investigación este avanzada y el fiscal acuse.
DELITO DE REVELACIÓN DE SECRETOS
En principio, no. Lo que diferencia el mero disfrute o aprovechamiento de las ganancias ilícitas por parte del autor del delito de blanqueo cometido por él mismo, es que el tipo penal de blanqueo exige la finalidad de ocultar o encubrir bienes, pero con el mecanismo de integrar los bienes de origen delictivo en el sistema económico legal y hacerlo con la apariencia de haber sido adquiridos de forma lícita» (STS, 2.ª, de 13-XII-2018, rec. 2618/2017).
No dudes en contactar con nosotros si piensas que un asunto pudiera tener relevancia penal.
OTRA FORMA DE ENTENDER LA JUSTICIA
Derechos fundamentales
En la defensa de los intereses de los clientes debe exigirse a jueces, fiscales y policía que se respeten los derechos fundamentales.
Un 90% de los juicios se gana porque el abogado supo defender y exigir la presunción de inocencia, la tutela judicial efectiva, el juez predeterminado por la Ley, la inviolabilidad de las comunicaciones, etc.
Sujetos obligados a la normativa de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
Incurrir en un delito de blanqueo de capitales siendo un sujeto obligado a la normativa de prevención de blanqueo supone especial gravedad y conlleva la imposición de una pena superior a la que tendría cualquier otro sujeto.
La ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo establece en el artículo 2 una larga lista de sujetos obligados (entidades de créditos, aseguradoras, personas que ejerzan profesionalmente actividades de cambio de moneda, auditores, notarios, registradores de la propiedad o personas que comercien profesionalmente con joyas, entre otros)
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diferencia entre
El que por cualquier medio o procedimiento,
-
vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo,
-
y sin estar debidamente autorizado,
-
acceda o facilite a otro el acceso al conjunto o una parte de un sistema de información o se mantenga en él en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo.
Será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años.
DELITO DE blanqueo de capitales
¿Me tengo que preocupar?
¿Puede penarse en España un delito de blanqueo que se ha cometido en el extranjero?
es habitual que las actividades que generan el blanqueo de capitales se desarrollen en el territorio de otro estado. Haber cometido el delito total o parcialmente en el extranjero no evita que el acto pueda ser castigado en España.
¿Es delito realizar actos preparatorios del delito de blanqueo de capitales?
Sí, este tipo de delito se persigue severamente y es por ello que se castiga no sólo realizar el acto del blanqueo sino también determinados actos preparatorios del mismo. El artículo 304 CP establece que tanto la provocación, la conspiración como la proposición para cometer estos delitos se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados.
¿Qué se entiende por organización criminal a efectos del agravante del art. 302.1 CP?
El Tribunal Supremo ha definido como organización criminal “cualquier red estructurada, cualquiera que sea la forma de tal estructuración, que agrupa a una pluralidad de personas, ordinariamente con una jerarquización y un reparto de papeles entre ellas, y siempre que haya alguna duración en el tiempo, bien porque hayan sido varios los hechos delictivos realizados con la misma o similar estructura, bien porque, aunque sólo se haya acreditado un hecho, en éste hayan quedado de manifiesto unas características que revelen una cierta vocación de continuidad» (STS 266/2005, de 1 de marzo)
SOLUCIÓN
Experiencia en delitos de blanqueo de capitales
Saúl Rosell, el abogado que le atenderá, tiene una amplia experiencia en la defensa y acusación en delitos de receptación y blanqueo de capitales.
Soy Saúl Rosell, llevo desde 2008 dedicándome al Derecho Penal y Penitenciario y SI NECESITAS AL MEJOR ABOGADO EN DELITOS BLANQUEO DE CAPITALES PUEDO AYUDARTE
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