ABOGADOS PENALISTAS

plazos en el proceso penal

¿Cuándo saldrá el juicio? ¿Cuánto tiempo hay para investigar un delito? ¿Cuándo prescribe mi delito?

Muchas veces los procedimientos penales se extienden por más tiempo del que nos gustaría. Esto ocurre especialmente en ciudades grandes como Madrid o Barcelona, donde los juzgados tienen mucho trabajo.

Aunque la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la ley que regula el procedimiento penal, establece unos términos y plazos máximos para la fase de investigación, no lo hace para el señalamiento del juicio. Esto conlleva que en muchas ocasiones los procedimientos penales duren varios meses o incluso años.

En general, la duración total de un procedimiento penal puede variar mucho. Por ejemplo, según se interpongan recursos o no, puede alargarse más o menos.

Elaborar un buen recurso es fundamental. No sólo sirve para retrasar el ingreso en prisión, también puede evitarlo. Si un procedimiento penal se retrasa demasiado, podremos alegar la atenuante de dilaciones indebidas, lo cual reducirá notablemente la pena, y en algunos casos, incluso la prescripción del delito. 

En LAWPENAL tenemos mucha experiencia con este tipo de situaciones y hemos conseguido rebajar la pena de muchos clientes alegando dilaciones indebidas en el proceso e incluso, eliminar la responsabilidad penal por haber prescrito el delito. Contáctanos y elaboraremos la estrategia de defensa que mejor se adapte a ti.

 

¿Cómo podemos ayudarte? 

DETENIDOS, INVESTIGADOS Y CONDENADOS

  • Asistencia en comisaria
  • Declaración de investigados
  • Defensa durante la fase deinstrucción
  • Solicitud de sobreseimiento
  • Recurso de medidas cautelares
  • Escrito de defensa
  • Celebración de juicio penal
  • Recurso de sentencia
  • Solicitud de suspensión de la pena
  • Vigilancia Penitenciaria

VÍCTIMAS Y PERJUDICADOS

  • Interposición de querella
  • Participación activa en el proceso judicial
  • Solicitud de medidas de protección
  • Solicitud de diligencias de investigación
  • Personación como acusación particular
  • Solicitud de pena e indemnización
  • Impedir sentencia de conformidad
  • Recurso de sentencia
  • Oposición a la suspensión de la pena
  • Oposición a beneficios penitenciarios

¿Cómo está estructurado el proceso penal?

 

 

Para entender los plazos y el tiempo que transcurre entre una fase y otra, es necesario comprender la estructura de un procedimiento penal.

01.

FASE DE INSTRUCCIÓN O DILIGENCIAS PREVIAS

02.

FASE INTERMEDIA

03.

FASE DE ENJUICIAMIENTO O JUICIO ORAL

1. LA FASE DE INSTRUCCIÓN

En la fase de instrucción se investiga la existencia del delito y se practica lo que se conoce como “diligencias de investigación”. El objetivo de esta fase es determinar si ha habido delito o no, quien o quienes son los presuntos autores y en definitiva, esclarecer los hechos.

La investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de 12 meses desde que se inicia la causa. No obstante, si en ese periodo no es posible finalizar la investigación, el juez (a iniciativa propia o a instancia de parte), puede acordar prórrogas sucesivas por periodos de hasta 6 meses.

Desde el año 2020, el número de prórrogas no está limitado, por lo que, siempre y cuando haya un motivo concreto y justificado, el juez puede conceder todas las prórrogas que estime necesario. Esto suele ocurrir cuando por ejemplo hay una diligencia concreta que es necesario realizar porque podría ser relevante para la investigación, pero que no da tiempo a celebrar dentro del plazo que se había previsto inicialmente.

Estos plazos son importantes

Aquellas diligencias de investigación realizadas fuera de plazo  no serán válidas, lo cual abre la posibilidad al abogado de la defensa a impugnarlas y ello en algunos casos puede culminar en la absolución del acusado.

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Fin de la investigación

El procedimiento de instrucción finaliza con el auto de procedimiento abreviado (en el procedimiento abreviado) o con el auto de transformación en sumario (en el procedimiento ordinario), que dan lugar a que se abra la fase intermedia.

2. LA FASE intermedia

Esta fase se inicia únicamente cuando hay indicios suficientes de que efectivamente se ha cometido un delito.

En esta fase el objetivo es que ambas partes (acusación y defensa) y el Ministerio Fiscal, califiquen los hechos que se han investigado, es decir, que cada parte diga qué es lo que considera que ha ocurrido.

En el plazo de 10 días las partes deben formular acusación (en el caso de la parte acusadora) o solicitar el sobreseimiento (en el caso de la defensa).

 

Este plazo puede alargarse

A pesar de estar determinado en la ley, en ocasiones se presentan escritos de acusación tiempo después de los 10 días, por lo que en la práctica. Esto es uno de los motivos por los que, en la práctica, los procedimientos penales tienden a alargarse más de lo que deberían.

 

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Fin de la fase intermedia

Con el auto de apertura del juicio oral, comienza la fase de Juicio Oral.

3. LA FASE DE ENJUICIAMIENTO O JUICIO ORAL

Una vez concluidas las fases de instrucción e intermedia, comienza la fase del juicio oral.

En el juicio se practican las pruebas que se han propuesto, se concreta la acusación y se efectúan las alegaciones que se estimen pertinentes, todo ello en presencia del juez o tribunal competente para dictar la sentencia. 

Pero… ¿Cuándo se celebrará mi juicio?

Esta es una de las preguntas que más me plantean mis clientes.
Lamentablemente, no hay plazo determinado en ninguna normativa para la celebración del juicio oral. En la práctica, depende de cada juzgado. A modo orientativo, en Madrid suelen señalarse a los 1 o 2 años. En ciudades más pequeñas suele ser cuestión de meses. También depende de la urgencia que haya.

CLAVE

 ES HABITUAL 

DILACIONES INDEBIDAS

Si sientes frustración por lo mucho que está tardando en avanzar tu proceso, tranquilo/a. Los procedimientos penales no pueden durar indefinidamente.

Todos tenemos derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso que sin dilaciones indebidas. Es un derecho recogido en nuestra Constitución. Al fin y al cabo, estar pendiente de si uno es calificado como culpable o no tiene grandes repercusiones en la vida de una persona. 

Es por ello que el artículo 21 de nuestro Código Penal recoge la «atenuante de dilaciones indebidas». La dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento, siempre que no sea atribuible al propio inculpado y que no guarde proporción con la complejidad de la causa implicará que se aplique la pena en la mitad inferior de la que fije la ley para el delito cometido.

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RECURRE HASTA EL SUPREMO.

Mientras tanto estarás en libertad. 

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ANTICIPATE

Estudia, trabaja, apuntate a programas para defender que la pena de prisión no es necesaria.

ingreso directo en tercer grado

Para penas inferiores 5 años, ingreso voluntario, compromiso de pago de la responsabilidad civil y baja peligrosidad.

OTRA FORMA DE ENTENDER LA JUSTICIA

Derechos fundamentales

En la defensa de los intereses de los clientes debe exigirse a jueces, fiscales y policía que se respeten los derechos fundamentales.

Un 90% de los juicios se gana porque el abogado supo defender y exigir la presunción de inocencia, la tutela judicial efectiva, el juez predeterminado por la Ley, la inviolabilidad de las comunicaciones, etc.

Prescripción de la pena

¿Cómo saber cuándo prescribe un delito?

Pasado cierto tiempo (mínimo 1 año), los delitos prescriben, y por tanto, no pueden perseguirse. Si quieres averiguar más sobre la prescripción, haz click aquí.

Habla directamente con un abogado penalista

 

… y si quieres saber cuánto tiempo puede durar una detención, haz click aquí.

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EXPERIENCIA EN SUSPENSIÓN DE LA PENA

Saúl Rosell, socio fundador de LAWPENAL, ha conseguido  suspender, retrasar y evitar ingresos en prisión de reos habituales u otros casos imposibles.

Los plazos son importantes y defender al cliente del impacto negativo que tiene el mal funcionamiento del sistema judicial es una de nuestras prioridades.

Soy Saúl Rosell, llevo desde 2008 dedicándome al Derecho Penal y Penitenciario y SI NECESITAS AL MEJOR ABOGADO PENALISTA PUEDO AYUDARTE

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