EL PROCESO PENAL

EL PROCEDIMIENTO abreviado

Hay tres tipos de procedimientos penales:

En esta página, nos vamos a centrar en el segundo de ellos

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El procedimiento abreviado es el procedimiento judicial que se prevé para el enjuiciamiento de delitos ordinarios 

  • Delitos castigados con menos de 9 años de prisión
  • Delitos castigados con penas no privativas de libertad 

En LAWPENAL tenemos una amplia experiencia en todo tipo de procedimientos penales. Contáctanos y elaboraremos la estrategia de defensa o acusación que mejor se adapte a ti.

 

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¿Cómo podemos ayudarte? 

DETENIDOS, INVESTIGADOS Y CONDENADOS

VÍCTIMAS Y PERJUDICADOS

  • Interposición de querella
  • Participación activa en el proceso judicial
  • Solicitud de medidas de protección
  • Solicitud de diligencias de investigación
  • Personación como acusación particular
  • Solicitud de pena e indemnización
  • Impedir sentencia de conformidad
  • Recurso de sentencia
  • Oposición a la suspensión de la pena
  • Oposición a beneficios penitenciarios

Fases del procedimiento abreviado

 

 

01.

Fase de instrucción preparatoria o diligencias previas

02.

Fase de preparación del juicio oral

03.

Fase del juicio oral

1. Fase de instrucción (diligencias previas)

En la fase de diligencias previas, la policía judicial, siguiendo las instrucciones del juez instructor, deberá averiguar las circunstancias relativas al delito

OBJETIVOS DE LA FASE DE INSTRUCCIÓN

 

1.

Averiguar las circunstancias del hecho (si realmente ha ocurrido o no)

 

 

2.

Determinar la naturaleza del hecho (de qué delito se trata)

 

 

3.

Determinar qué personas que han participado en él

 

La duración y profundidad de esta fase varía en cada caso concreto.

Suele ser más corta cuando el procedimiento se inicia de oficio (es decir, por iniciativa del estado y no por denuncia).

Tramitación eficiente de las diligencias previas

Una de las caracterísitcas del procedimiento abreviado es que busca precisamente garantizar el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, acelerando los trámites necesarios para poder llevar a cabo el juicio cuanto antes.

Es por ello que se prevé una importante implicación del Ministerio Fiscal durante este procedimiento, especialmente, durante la fase de instrucción. El Ministerio Fiscal velará por el respeto de las garantías procesales del investigado o encausado y por la protección de los derechos de la víctima y de los perjudicados por el delito.

2. Fase de preparación del juicio oral (fase intermedia)

La fase intermedia, que se desarrolla también ante el juez de instrucción, empieza cuando el juez decide que el procedimiento debe seguir los trámites del procedimiento abreviado.

 

El objetivo de la fase intermedia es decidir:

1.

Si se abre o no el juicio oral

2.

Qué órgano debe encargarse del enjuiciamiento posterior y bajo qué procedimiento

Para que se abra juicio oral, es presupuesto necesario que alguna de las partes acusadoras solicite que se abra; solicitud que debe hacerse en el escrito de acusación, que se presenta durante esta fase (concretamente, en el plazo de 10 días).

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En el ESCRITO DE ACUSACIÓN, las partes acusadoras deben hacer constar su punto de vista acerca del delito que se ha cometido. Además, pueden solicitar que se practiquen diligencias complementarias (es decir, que se investigue más el caso), siempre y cuando se den motivos justificados para ello.

 

 

Una vez presentado el escrito de acusación, el juez podrá decretar que se abra el juicio oral.

La parte defensora debe contestar al escrito de acusación con el escrito de defensa.

3. el JUICIO ORAL

Es la última fase del procedimiento abreviado y se lleva a cabo delante del juez o tribunal competente para el enjuiciamiento (por tanto, ya no se trata del juez instructor).

Antes de que el juicio oral de comienzo, debe haberse trasladado las actuaciones ante el órgano competente y el Juez o Tribunal debe decidir si admite o no las pruebas propuestas por las partes.

DESARROLLO DEL JUICIO ORAL

 

1.

Lectura de los escritos de acusación y defensa

 

 

2.

Debate o audiencia preliminar

 

 

3.

Práctica de pruebas

 

 

4.

Conclusiones de las partes

 

 

5.

Última palabra del acusado

 

¿Puede celebrarse el juicio sin mí?

Es fundamental tener en cuenta que el juicio puede celebrarse en ausencia del acusado, siempre y cuando este haya sido citado en la forma adecuada, cuando la pena no exceda de dos años de prisión (o de 6 si fuese una pena no privativa de libertad); cuando lo pida la acusación y se haya oído al abogado defensor.

CLAVE

 ES HABITUAL 

DILACIONES INDEBIDAS en el proceso penal

Todos tenemos derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso sin dilaciones indebidas. Es un derecho recogido en nuestra Constitución. Al fin y al cabo, estar pendiente de si uno es calificado como culpable o no tiene grandes repercusiones en la vida de una persona. 

Es por ello que el artículo 21 de nuestro Código Penal recoge la «atenuante de dilaciones indebidas». La dilación extraordinaria e indebida en la tramitación del procedimiento, siempre que no sea atribuible al propio inculpado y que no guarde proporción con la complejidad de la causa implicará que se aplique la pena en la mitad inferior de la que fije la ley para el delito cometido.

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Derechos fundamentales

En la defensa de los intereses de los clientes debe exigirse a jueces, fiscales y policía que se respeten los derechos fundamentales.

Un 90% de los juicios se gana porque el abogado supo defender y exigir la presunción de inocencia, la tutela judicial efectiva, el juez predeterminado por la Ley, la inviolabilidad de las comunicaciones, etc.

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Soy Saúl Rosell, llevo desde 2008 dedicándome al Derecho Penal y Penitenciario y SI NECESITAS AL MEJOR ABOGADO PENALISTA PUEDO AYUDARTE

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